Ley 20.780 - Reforma tributaria
actividades tales como juegos y apuestas electrónicas, comercio digital de todo tipo, aplicaciones y servicios
digitales , las que podrán llevar, a juicio del Servicio, una identificación digital en papel o en
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actividades tales como juegos y apuestas electrónicas, comercio digital de todo tipo, aplicaciones y servicios
digitales , las que podrán llevar, a juicio del Servicio, una identificación digital en papel o en
ejecutable en aplicaciones de dispositivos móviles o fijos que permite que un trabajador de plataformas digitales
No se considerarán como empresas de plataformas digitales de servicios para los efectos de este Capítulo
ARTICULO 53° Los comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios afectos a las disposiciones
.- Los vendedores y prestadores de servicios afectos a los impuestos de los Títulos II y III, con excepción
.- Los comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios afectos a las disposiciones del presente
n) Los siguientes servicios remunerados realizados por prestadores domiciliados o residentes en el extranjero
administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, respecto de quienes contraten sus servicios
administradores, operadores y proveedores deberán también exigir que las personas o entidades que contraten sus servicios
c) Los operadores de plataformas digitales de intermediación que permitan operaciones entre terceros
para la adquisición de bienes o servicios , respecto de las entidades que ofrezcan sus productos.
entenderá por: a) Electrónico: característica de la tecnología que tiene capacidades eléctricas, digitales
titular del certificado y los datos de creación de la firma electrónica; c) Certificador o Prestador de Servicios
g) Agrégase la siguiente letra n): "n) Los siguientes servicios remunerados realizados por prestadores
domiciliados o residentes en el extranjero: 1.
disponible para el público en general y que es fundamental para la producción, distribución, prestación de servicios
permitan el control tributario de actividades o contribuyentes de sectores específicos, tales como sellos digitales
Acuerdos Comerciales Vigentes --> --> --> --> --> --> --> --> --> --> Nosotros Trámites Digitales
Aspectos Regulatorios del Comercio Cadenas Globales de Valor - CGV Comercio de Servicios Comercio
entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas efectuada por cualquier medio, incluidos los digitales
De la propaganda electoral por medios digitales .
instalaciones domiciliadas de agua potable o de alcantarillado de aguas servidas domésticas y para los prestadores
de servicios sanitarios y los Servicios de Salud, cuando corresponda.
transmitir información por medio de computadores, líneas telefónicas o mediante el empleo de publicaciones digitales
del mismo, se dejará constancia en un libro de actas, que podrá llevarse por medios electrónicos o digitales
transmitir información por medio de computadores, líneas telefónicas o mediante el empleo de publicaciones digitales
transmitir información por medio de computadores, líneas telefónicas o mediante el empleo de publicaciones digitales
.- Los contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile estarán exentos del impuesto adicional
por la prestación de los servicios señalados en el artículo 8 letra n) de la ley de impuesto a las ventas
17 Ley 19913 de valores regidas por la ley Nº 18.876; quienes estén inscritos en el Registro de Prestadores
de Servicios Financieros y en el Registro de Proveedores de Servicios de Iniciación de Pagos mantenido
los acuerdos bajo custodia del presidente de dicho comité, sea que se trate de documentos impresos, digitales
c) Prestadores de servicios : Toda entidad pública o privada que ofrezca a los usuarios de sus servicios
refiere el artículo 173 del Código de Procedimiento Civil; 3°) Revisar los expedientes físicos o digitales
.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios , contenida
b) Agrégase el siguiente numeral 20): "20) Los servicios , prestaciones y procedimientos de salud ambulatorios
Secretaría de Gobierno Digital de la Subsecretaría de Hacienda sobre el cual se configurarán domicilios digitales
interna deberá ser incorporada expresamente en los respectivos contratos de trabajo y de prestación de servicios
de todos los trabajadores, empleados y prestadores de servicios de la persona jurídica, incluidos
interna deberá ser incorporada expresamente en los respectivos contratos de trabajo y de prestación de servicios
de todos los trabajadores, empleados y prestadores de servicios de la persona jurídica, incluidos
.- No obstante su objeto único, las sociedades acogidas a este artículo podrán prestar servicios remunerados
A los accionistas domiciliados o residentes en Chile a que se refiere el número 2.-, inciso segundo de
de concesiones de obras públicas o servicios (b) de concesiones de obras públicas o
sujetos a tarificación; (c) de bienes o servicios ; (d) de inversión, sea en bienes o
cuenta de las reorganizaciones o reestructuraciones empresariales o de negocios que contribuyentes domiciliados
relevantes, las funciones asumidas por las partes, las características específicas de los bienes o servicios
Sin embargo, dichas rentas por servicios técnicos pueden también someterse a imposición en el Estado
procedan y según la legislación de ese Estado, pero si el beneficiario efectivo de las rentas por servicios
Artículo 14bis HONORARIOS POR SERVICIOS TÉCNICOS 1.
Los honorarios por servicios técnicos procedentes de un Estado Contratante y pagados a un residente
Artículo 14bis HONORARIOS POR SERVICIOS TÉCNICOS 1.
Los honorarios por servicios técnicos procedentes de un Estado Contratante y pagados a un residente
Artículo 14 RENTAS POR SERVICIOS TECNICOS 1.
Las rentas por servicios técnicos procedentes de un Estado Contratante y pagados a un residente del
Artículo 12A HONORARIOS POR SERVICIOS TÉCNICOS 1.
Los honorarios por servicios técnicos procedentes de un Estado Contratante y pagados a un residente
.- Son servicios destinados a personas de escasos recursos o con discapacidad, los siguientes: 1º Servicios
necesidades inmediatas de las personas, tales como, alimentación, vestuario, alojamiento y salud. 2º Servicios
Contratante o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural, por servicios
embargo, dichas remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
remuneraciones, excluidas las pensiones, pagadas por un Estado Contratante a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
por un Estado Contratante o por una de sus autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
embargo, dichas remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
pensiones, pagados por un Estado Contratante o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
embargo, dichas remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
pensiones, pagados por un Estado Contratante o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
embargo, dichas remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
remuneraciones, excluidas las pensiones, pagadas por un Estado Contratante a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
documento generado el 29-Jul-2019 por una de sus autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
embargo, dichas remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
Contratante o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por servicios
salarios y otras remuneraciones pueden someterse a imposición sólo en el otro Estado Contratante si los servicios
.- El reglamento establecerá los servicios anexos que pueden prestarse en los casinos de juego.
El mismo reglamento señalará aquellos servicios anexos que necesariamente deberán prestarse por los
Artículo 14 Servicios Personales Independientes Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl
Las rentas obtenidas por un residente de un Estado Contratante por la prestación de servicios profesionales
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
Contratante, subdivisión política o una autoridad local del mismo, a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones solo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona física o natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
de sus subdivisiones políticas o autoridades locales del mismo, a una persona física por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
una de sus subdivisiones políticas o entidades locales a una persona natural o física por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
.- Los servicios públicos serán centralizados o descentralizados.
Los servicios centralizados actuarán bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del Fisco
Contratante, subdivisión política o un gobierno local del mismo, a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones solo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
Contratante, subdivisión política o una autoridad local del mismo, a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones solo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
.- Los servicios culturales prestados por asociaciones culturales, de conformidad con las disposiciones
1° del decreto ley N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
www.leychile.cl - documento generado el 29-Jul-2019 políticas o autoridades locales a una persona natural por servicios
salarios y otras remuneraciones pueden someterse a imposición sólo en el otro Estado Contratante si los servicios
ARTICULO 14 Servicios personales independientes 1.
rentas obtenidas por una persona natural que es residente de un Estado Contratante, con respecto a servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
o por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 29-Jul-2019 natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
de sus subdivisiones políticas o autoridades locales, a una persona física o natural, por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
por una de sus subdivisiones políticas o autoridades locales a una persona natural por razón de servicios
salarios y otras remuneraciones sólo pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante si los servicios
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Fuentes sobre convenios para evitar doble tributación, beneficiario efectivo, servicios transfronterizos e intereses.